La Cámara de Casación Penal revocó el sobreseimiento por prescripción de la acción penal con la que había sido beneficiado el ex diputado y actual mandamás de UPCN por amenazas en contexto de violencia de género.
“Silenciar a la querella mediante este prematuro sobreseimiento implica por tanto desconsiderar intereses sociales altamente valiosos, tales como: el rol de la víctima en el sistema penal; la debida perspectiva de género con la que los jueces estamos obligados a juzgar, cuyo piso es no invisibilizar los actos de violencia cometidos contra las mujeres y no menos relevante, desconocer la importancia para la existencia misma del Estado de Derecho de investigar y juzgar los actos de corrupción y de preservar la función pública”, escribió la integrante del cuerpo, Marcela Davite.
Para la magistrada, “el hecho puede encuadrarse en la figura de coacción” y entendió que la resolución impugnada como la resolución del Juez de Garantías, Mauricio Mayer, “resultan arbitrarias porque no estaban dadas las condiciones para terminar el proceso de ese modo”.
Marcela Badano adhirió al voto de Davite y Gustavo Pimentel votó en disidencia. Planteó que “no solo no mediaron circunstancias que hayan podido obstaculizar de algún modo el ejercicio del derecho a la jurisdicción de Sonia Velázquez, sino que inclusive ello se vio reforzado a través de la constitución de la representante legal de la víctima como parte querellante en el presente proceso, momento a partir del cual contó -como sujeto eventual del proceso- con las amplias facultades que la ley de rito le otorga en tal carácter al particular ofendido por un delito de acción pública”.
Allende tiene como representantes en la defensa a Maximiliano Rusconi y Leopoldo Lambruschini.
El episodio que empujó a la ministra de Salud sucedió en 2018 cuando Allende la increpó durante un acto de campaña en el camping del Sindicato de Empleados de Comercio.