Disputa de tierras: la Justicia rechazó desalojar a Dolores Etchevehere

El juez Flores llegó a una decisión en torno a la denuncia por usurpación  de la Estancia Casa Nueva, presentada por los hermanos Etchevehere contra su hermana e integrantes del Proyecto Artigas. Este viernes definió que no habrá desalojo. Y consideró que Dolores tiene derecho a permanecer en el lugar.

Así lo resolvió este mediodía, el juez subrogante de La Paz, Raúl Flores, quien no hizo lugar al pedido de desalojo, esgrimido por los fiscales Oscar Sobko y María Constanza Bessa.

En su resolución, el juez sostuvo que es un conflicto «meramente familiar» y señaló que fue clave para dirimir el asunto un informe del juez Civil y Comercial Nº 7 de Paraná, Martín Furman, quien informó que la estancia no formó parte del juicio sucesorio tras la muerte de Luis Félix Etchevehere, en 2009. Por lo tanto, el campo nunca se dividió entre los hermanos.

En ese sentido, explicó: «Que finalmente resta considerar en esta disputa meramente familiar, lo informado a la Fiscalía por el Sr. Juez Civil y Comercial Nº 7, Dr. Martín Furman el día 17-10-2020, remitiéndole copia de la declaratoria de herederos de la sucesión de Luis Felix Etchevehere del año 2010, en la cual Dolores Etchevehere es declarada heredera junto a sus hermanos y su madre. Además informa el juez civil, y esto es dirimente para este juzgado, que: 1) ‘en el marco del sucesorio NO HAY PARTICIÓN, … nunca se aprobó ninguna cuenta particionaria, ni adjudicación, para ello es necesario que previamente se culmine con la tarea de inventario’».

En segundo lugar, señaló que el juez informó que «el inmueble sobre el que se asienta Casa Nueva es de titularidad registral de Las Margaritas S.A. y no ha sido incluído en el inventario sucesorio».

«De ello se deducen dos situaciones, la primera; que los herederos han omitido inventariar el inmueble donde se asienta el campo ‘Casa Nueva’, por lo tanto quien no esté al tanto de la omisión podría sufrir algún perjuicio patrimonial; en segundo lugar, si se acreditara el dominio (con el Título de propiedad), el Juez anuncia que a la fecha no hay partición, por ello le asiste razón a la defensa en cuanto a que, por todos los bienes existentes los hermanos son condóminos y dueños por igual, hasta que culmine el sucesorio», concluyó el magistrado de La Paz.

Al respecto, Flores argumentó: “Se deduce que la disputa familiar-hereditaria por la titularidad y/o posesión y goce del inmueble no puede ser resuelto en sede penal -por estar claramente confundidos los verdaderos dueños del campo presuntamente usurpado”.

En el escrito de cinco fojas, el magistrado consideró que el ingreso al campo no fue violento: “Al haber aclarado el Sr. Fiscal que el ingreso al Establecimiento en realidad fue pacífico y sin violencia, por haberse atravesado el guarda-ganado para ingresar al campo desde la ruta, que permanece abierto y sin obstáculos al libre acceso, a la par de haberse descartado el uso de cualquier tipo de armas en las denunciadas amenazas permite descartar el hecho típico de la violencia en la usurpación del inmueble, ya que el ingreso de 40 personas que acompañaban a Dolores Etchevehere no fue acompañado por prueba alguna de que alguno de ellos haya desplegado violencia o algún tipo de amenazas contra los empleados rurales”.

Tampoco consideró que la entrada de las personas que acompañaron a Dolores se haya hecho con engaño, al haberse presentado como heredera del campo: “Cabe preguntarse en qué consiste o consistió el ‘engaño’, ya que la señora dio su nombre y apellido sin ambages, y los empleados saben que los patrones son la familia Etchevehere, aunque nunca hayan visto o conocido a la totalidad de los hermanos o familiares (el lic. Rubiolo a cargo del campo, declaró que conoce a Dolores hace más de 30 años); por su parte, darse también a conocer como ‘heredera’, es lo que la propia Fiscalía probó en la audiencia con la declaratoria de herederos que le enviara el Juez Civil nº 7 (de Paraná) a cargo del sucesorio y donde fuera declarada también heredera Dolores Etchevehere. No hubo tal engaño en el proceder de la mencionada, no invocó ella a su ingreso al campo ni más ni menos de lo que es: una Etchevehere, heredera de don Luis F. Etchevehere”.

En su resolución, el juez indicó que “para ser válidamente despachada la medida cautelar de desalojo del inmueble, se exige la ‘verosimilitud del derecho’ en que se funda, lo que no ha podido ser acreditado por la Fiscalía ni Querella, con la provisoriedad que el caso amerita, sin perjuicio de que oportunamente, y con el avance de la causa, o en el decurso del debate, se acrediten los requisitos exigidos; en tanto al momento la duda favorece al sospechado”.

Por otra parte, la resolución aclara que “no hace a la cuestión resuelta, por ello, pido disculpas a las partes su mención, pero mi formación judicial desde ‘el derecho de las familias’, me lleva a la necesidad de ofrecer a los hermanos Etchevehere, poder pensar una solución pacífica, armónica, desde el ganar-ganar, distinta a lo visto hasta entonces, y con la ayuda de operadores bien intencionados, evidenciando con el ejemplo que todo esto es material y por lo tanto, quedará en la tierra”.