Fue avalado por los sindicatos. La medida es por 60 días. Los empresarios, se comprometen a no realizar despidos. La medida se retrotrae al 1 de abril.
La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) celebraron en conjunto el «Convenio de Emergencia por Suspensión de Actividades y para el Sostenimiento de los Puestos de Trabajo y la Actividad Productiva», en el cual se estableció el «protocolo de actuación de emergencia laboral» para implementar en el sector.
El acuerdo en cuestión habilita a que los comercios que no estén trabajando por la cuarentena obligatoria deben abonar como mínimo el 75% del salario de sus empleados. «Se trata de una asignación no remunerativa, lo que implica que no deben abonarse aportes y contribuciones a la seguridad social», informaron las partes firmantes a través de un comunicado.
La medida de emergencia, acordada por el sindicato y las entidades gremiales empresarias representativas del sector mercantil, es por 60 días comenzando a regir a partir del 1 de abril.
En tanto, «quienes apliquen este acuerdo marco deberán mantener su dotación de trabajadores sin alteraciones ni despidos durante un plazo igual a la vigencia de este convenio», explicaron en el texto del convenio.